Thursday, March 28, 2024
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Policía orienta sobre deberes y responsabilidades de la ciudadanía

Teniente de la División Patrullas de Carreteras de Mayagüez, Gualberto Cruz Avilés.

Ser policía conlleva la responsabilidad de velar por la seguridad y trabajar para mejorar la calidad de vida de las personas, brindando atención cordial y respetuosa al ciudadano con el fin de promover e intensificar la participación de la comunidad en la prevención del delito.

“Existe mucho desconocimiento sobre los deberes y responsabilidades del ciudadano, por lo que en muchas situaciones, la gente interpreta o entiende que no incurren en una violación”, señaló el teniente de la División Patrullas de Carreteras de Mayagüez, Gualberto Cruz Avilés.

De acuerdo con Cruz Avilés, una de las violaciones que mayormente la gente desconoce es el artículo 5.06 de la Ley Núm. 22-2000, el cual establece que toda persona que participe en competencias de velocidad no autorizada, en carreteras municipales o estatales de Puerto Rico, incurre en un delito.

“Hay una mentalidad equivocada de que no puede ocurrir regateo entre dos personas que no se conocen. De igual forma, la gente cree que para que exista regateo es necesario ponerse de acuerdo de forma verbal y se debe ir a exceso de velocidad, pero la realidad es que el solo hecho de obstruir un carril de tránsito constituye regateo, ya que se está prohibiendo que las personas puedan llegar a su destino”, explicó el Teniente de la División Patrullas de Carreteras de Mayagüez.

Cruz Aviles, señaló que existen cinco modalidades diferentes que constituyen el delito de regateo, pero el más conocido es cuando se mide fuerza física de la capacidad del motor entre dos vehículos, en una vía pública, pero esto no exime de que un solo conductor pueda ser sancionado por esta acción.

De acuerdo con la Ley Núm. 183 del año 2012 la multa mínima por el delito de regateo, en la primera convicción, es de cuatro 4 mil dólares y la suspensión de la licencia de conducir por un término de seis meses. Por segunda vez, la multa es de cinco mil dólares o pena de reclusión no mayor de seis meses de cárcel o ambas penas a discreción del tribunal. Además, de que se le revocará la licencia de conducir y el tribunal ordenará la confiscación de los vehículos de motor utilizados por violar tales disposiciones.

Por otro lado, en cuanto al tema del uso del celular mientras se conduce, Cruz Aviles, manifestó que la Ley Núm. 201 del año 2011 prohibe el uso de teléfonos móviles o inalámbricos mientras se conduce un vehículo de motor, excepto en los casos en que un usuario atiende o genere una llamada utilizando un equipo de manos libres conocido como “hands free”.

“Es importante recalcar que mientras se conduce un vehículo de motor, las manos deben estar libres, ya que las personas piensan que colocar el teléfono en altavoz y llevarlo en la mano no constituye un delito, pero eso no es así, ya que lo que la Ley persigue es que las manos estén libres para manejar el volante”, enfatizó Cruz Avilés.

El Teniente destacó que la multa por el uso del celular mientras se conduce fue aumentada de $50.00 a $100.00, pero esto no sirvió de disuasivo, ya que aún las personas continuan haciendo uso del teléfono en la carretera mientras manejan. “Cabe mencionar que en la actualidad las estadísticas de accidentes fatales a causa del uso del celular aumentaron”, expresó.

En el caso de los peatones, Cruz Avilés, manifestó que en el área de Mayaguez, este año subió la tendencia de accidentes. “Uno de los problemas más grandes que tenemos en Puerto Rico, es que a la gente le gusta utilizar ropa oscura para caminar por la calle y en este país carecemos de alumbrado. A esto se suma, que el peatón debe de tomar las debidas precauciones, como caminar en sentido opuesto a la dirección del carril en las carreteras secundarias”, explicó.

Otro grave dolor de cabeza que enfrenta la uniformada es la situación de los caballos realengos. “Según la Ley, la facultad de reglamentar, por ordenanza, sobre animales domésticos realengos le corresponde a los municipios, por lo que se supone que cada pueblo tenga un espacio asignado para esto, pero la realidad es que esto no pasa”, mencionó Cruz Avilés.

Entre las responsabilidades y deberes de los jinetes, el Teniente indicó que deben utilizar reflectores en la noche y chaleco reflectivo. “Aunque el caballo no es un vehículo de motor es un vehículo de transporte y el usuario puede ser procesado ”, señaló.

Para concluir, Cruz Aviles, destacó que la prioridad de la División Patrullas de Mayagüez es alcanzar que los ciudadanos del área oeste puedan utilizar la vía pública con la mayor seguridad posible para que lleguen a sus destinos con los menores contratiempos.

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