Tuesday, April 23, 2024
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Investigan los servicios que reciben personas sobre 22 años con necesidades especiales

El representante Yazzer Morales informó la radicación de una medida que busca realizar un estudio detallado sobre el funcionamiento de la División de Rehabilitación Integral y Vida Independiente, adscrita al Departamento de Salud, con el propósito de constatar si esta cumple con todos sus objetivos y responsabilidades.

“Con esta División de Rehabilitación Integral y Vida Independiente, se busca promover una mejor calidad de vida, reinserción social, formación integral, vida independiente y rehabilitación vocacional de la población mayor de 22 años con impedimento. Ésta, sirve de apoyo y mentoría a través de las etapas de transición de la población con impedimento desde la infancia. El objetivo de esta investigación es constatar el impacto que ha tenido esta división en la población y que podemos hacer para apoyar sus gestiones”, dijo el Representante por el Distrito #9 de Toa Alta y Bayamón.

La Ley 105-2016, conocida como ‘Ley para el Acceso, Adiestramiento y Apoyo Extendido para la Inserción Social de las Personas de 22 años en adelante con Impedimentos’, se creó dentro del Departamento de Salud. El objetivo principal de la División es apoderar a esta población con los recursos y herramientas necesarias que permitan la eliminación de barreras que imposibiliten alcanzar un pleno desarrollo para una mejor calidad de vida. Este enfoque de servicio ofrece a la persona un trato basado en su impedimento, utilizando un equipo interdisciplinario y enfatizando los servicios preventivos, de promoción, de educación en salud y en el desarrollo de amplias estrategias para que ésta logre manejar, de manera adaptativa las exigencias del diario vivir.

Los servicios que la División se supone ofrezca se encuentran contenidos en el Título VII (A, B y C) del estatuto federal conocido como ‘Ley de Innovación y Oportunidades de la Fuerza Laboral’ (Workforce Innovation and Opportunity Act; WIOA, por sus siglas en inglés), y son dirigidos a las personas con impedimentos, de 22 años en adelante, que requieran servicios de vida independiente y que al momento de solicitar los mismos, no sean elegibles a los servicios que ofrece la Administración de Rehabilitación Vocacional bajo el Título I y VI de la Ley Federal 93-112 y la Ley 97-2000.

La pieza legislativa ordena a la Comisión de Bienestar Social, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores de la Cámara baja a realizar el antes mencionado estudio.

Según el Reporte del Estado de la Discapacidad (circa 2018) la prevalencia de discapacidad en Puerto Rico fue de 21.7 por ciento para personas de todas las edades; 1.1 por ciento para personas de 4 años y menores, 9.1 por ciento para personas de 5 a 15 años, 8.5 por ciento para personas de 16 a 20 años, 18.2 por ciento para personas de 21 a 64 años, 35.6 por ciento para personas de 65 a 74 años y 60.5 por ciento para personas sobre 75 años.

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