Tuesday, April 16, 2024
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Gobernador firma medidas a favor de los municipios de Maricao y Cidra

 El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi firmó tres medidas legislativas, dos de ellas relacionadas directamente a los municipios de Maricao y Cidra mientras que el otro elimina el pago de gastos de viaje a los integrantes de la Junta de Instituciones Financieras.

El gobernador Pierluisi firmó la Resolución Conjunta de la Cámara 87 para que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) suscriban un Acuerdo Colaborativo para que realicen una evaluación que incluya los trabajos de mantenimiento y el estimado de costos que requiera el dragado de montículos de tierra del embalse del municipio de Cidra. Ese Acuerdo también deberá incluir la restauración de la capacidad de almacenamiento de agua y que se facilite su utilización como zona de pesca deportiva, entre otros usos turísticos.

Del mismo modo, al firmar la Resolución Conjunta de la Cámara 185 el gobernador autorizó que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) solucione de manera inmediata las condiciones de la carretera PR-105, intersecciones con las carreteras PR-4409 y 366 jurisdicción del municipio de Maricao incluyendo los derrumbes que obstruyen el tránsito.

“Como siempre he dicho, los municipios son prioridad en esta administración porque son quienes brindan el servicio más directo y de primera mano a nuestra gente. Semanalmente visito un pueblo con todo mi equipo de trabajo y jefes de agencias por lo que conozco muy de cerca las necesidades de nuestros alcaldes, alcaldesas y ciudadanos. Estas piezas legislativas que he firmado hoy refuerzan ese compromiso que tengo con los municipios de Maricao, Cidra y con todos en la Isla”, sostuvo el gobernador.

De otra parte, con la firma al Proyecto de la Cámara 398, Pierluisi ordenó la eliminación del pago de gastos de viaje de los nueve integrantes que conforman la Junta Financiera de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras.

Por otro lado, el gobernador envió a los presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado, Rafael Hernández Montañez y José Luis Dalmau Santiago, respectivamente, unas cartas en las que explica los vetos expreso al Proyecto de la Cámara 459 (en su reconsideración), la Resolución Conjunta de la Cámara 220 y la Resolución Conjunta del Senado 204.

En torno al Proyecto de la Cámara 459, que enmendaba las Reglas de Procedimiento Criminal, para establecer que todo imputado tendría derecho a examinar las declaraciones juradas que el Gobierno someta al tribunal en su contra, el gobernador explicó en su misiva que esta medida contiene disposiciones que atrasarían el procesamiento legal y que no resultan del todo claras. Este asunto fue traído a la atención de la Asamblea Legislativa por parte del Departamento de Justicia y la Oficina de Administración de Tribunales (OAT).

“No podemos olvidar que en el estado de derecho vigente actualmente, todo imputado de delito ya tiene la oportunidad de conocer los hechos, la fecha de los hechos, la hora de los hechos, el lugar de los hechos, la disposición legal cuya infracción se imputa, el nombre del delito imputado, los nombres de los testigos de cargo, el nombre del o la fiscal que autorizó someter los cargos y el nombre del agente que somete el caso mediante la denuncia que expide el Tribunal”, detalló el primer ejecutivo quien indicó además que actualmente la OAT está revisando las Reglas de Procedimiento Criminal.

Sobre la Resolución Conjunta de la Cámara 220, que ordenaba al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) evaluar la transferencia, usufructo de las instalaciones de la antigua escuela Juanita Rivera al municipio de Juana Díaz, Pierluisi comentó que tiene incongruencias entre su Exposición de Motivos y diversos artículos.

Tal y como está redactada, la Sección 3 de la medida dispone que el DTOP será responsable de realizar toda gestión necesaria para dar fiel cumplimiento a la determinación del Comité.  Sin embargo, también establece que la transferencia debe llevarse a cabo sin que exista obligación alguna del DTOP de realizar ningún tipo de reparación o modificación con autoridad a su traspaso al municipio de Juana Díaz.  Además, la Exposición de Motivos y varias secciones se contradicen, por lo que este error de redacción crearía un problema de interpretación de la intención legislativa.

Como cuestión de hecho, mediante la Resolución 2020-75 que aún está vigente, ya está atendido el propósito principal propuesto en la Resolución cameral porque se autoriza un arrendamiento a favor del municipio, que le permitirá ocupar y utilizar la propiedad por 10 años.

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